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La movilidad jubilatoria ya está en el Congreso | E…

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El Poder Ejecutivo envió al senado el proyecto de ley que modifica la fórmula de movilidad jubilatoria con el objetivo de sancionarla antes de fin de año para poder aplicar el primer aumento en marzo de 2021, bajo un esquema basado en la evolución tanto de los salarios como de la recaudación de Anses durante el segundo semestre del 2020. 

«La fórmula propuesta pretende, además de preservar los derechos de los y las beneficiarias del régimen previsional, contribuir a la estabilidad macroeconómica y no ser un elemento desestabilizante. Por eso, se han descartado fórmulas indexadas a inflación pasada», anuncia el mensaje enviado al Congreso, que tiene las firmas del presidente Alberto Fernández, su jefe de gabinete Santiago Cafiero y los ministro de Economía, Martín Guzman, y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Claudio Moroni. Junto con la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), son las carteras que se encargarán de reglamentar la ley una vez aprobada. 

«Una fórmula atada a la inflación no es desable en la Argentina actual, en donde los ingresos de las jubiladas y jubilados se encuentran en niveles bajos, y uno de los objetivos es recomponer esos ingresos. Es cierto que, en muchos países, las fórmulas de movilidad se basan en inflación, pero justamente eso ocurre porque los precios en esos países crecen menos que los salarios y además tienen niveles de inflación bajos», explica el informe.

El proyecto de ley fue elaborado por una Comisión Mixta Bicameral convocada por el Poder Ejecutivo para tal fin; conformada por representantes del Ministerio de Economía; de Trabajo Empleo y Seguridad Social; de Anses; y a miembros de las Comisiones del Congreso. Fue aprobado a principios de noviembre por dictamen de mayoría luego de 17 reuniones con 60 legisladores, 24 exposiciones y un informe final de 131 páginas.

«Una fórmula basada equilibradamente en los salarios y la recaudación para que el ingreso de los pasivos acompañe al de los activos y a la realidad de la situación del sistema en su conjunto, ha sido valorada en la discusión de los especialistas en el marco de esta Comisión como la fórmula más justa y que los fallos de la Corte Suprema han respaldado», continúa el mensaje que el ejecutivo elevó a los legisladores acompañando el proyecto.

Principales puntos

El Poder Ejecutivo repasa los fundamentos del esquema cuya columna vertebral es la Ley 26.417, vigente desde marzo de 2009 hasta fines de 2017, pero «con la incorporación de algunas mejoras teniendo en consideración los conceptos recogidos de los y las diferentes especialistas para mantener y mejorar el valor real de las prestaciones»:

– Retoma el criterio que pondera en un 50 por ciento salarios y en un 50 por ciento Ia recaudación tributaria de Anses,con el objetivo de recuperar el equilibrio del sistema en función de sus fuentes de financiamiento. Esto facilita que «en los períodos de crecimiento económico nuestros jubilados y jubiladas, y nuestros pensionados y pensionadas, puedan participar con justa razón de las mejoras salariales y del crecimiento económico», refuerza el mensaje.

– Plantea considerar la Remuneración Imponible para los Trabajadores Estables (Ripte) como único índice salarial, por tratarse de un índice que se construye en base a registros de trabajadores formales y sus remuneraciones. El índice de salarios calculado por Indec capta la evolución de los salarios del sector informal, por lo que no se vincula en forma directa con los ingresos de Anses.

– Vuelve a una actualización semestral que permitirá acompañar un proceso de desindexación de la economía. «Durante toda la vigencia de la movilidad de la Ley N° 26.417, la aplicación semestral de la misma no generó ningún tipo de perjuicio en los haberes. Una movilidad trimestral, pero en condiciones macroeconómicas inestables y con componentes de alta volatilidad, como se ha podido comprobar en los hechos, no garantiza en modo alguno una mejora en los haberes previsionales», afirma.

Durante 2020 el gobierno garantizó aumentos trimestrales por decreto en marzo, junio, septiembre y diciembre. Dada la superposición de períodos, Anses aclaró que el proyecto de Ley establece que el aumento trimestral del 5 por ciento otorgado en diciembre de 2020 será considerado dentro del cálculo semestral que se realizará para marzo de 2021.

– Para preservar la estabilidad normativa, establece el supuesto de «legislación constante» que establece que los cambios en la política tributaria o políticas de la seguridad social no tengan efecto en la movilidad. 

– Reduce en tres meses el rezago entre el período a considerar y la fecha de aplicación de las principales variables involucradas, para que la movilidad sea más acorde a la realidad económica del momento y evitar focos de litigiosidad. Así, el aumento de marzo se basará en las variaciones de los salarios y la recaudación tributaria de Anses entre julio y diciembre del año anterior. En tanto, el de septiembre, entre enero y junio de ese mismo año.

«La nueva ley de movilidad de los haberes previsionales garantiza una adecuada participación de los ingresos de los beneficiarios del sistema previsional en la riqueza de la Nación, de acuerdo con los principios de solidaridad y redistribución, teniendo en cuenta a su vez, la sustentabilidad del mismo», concluye el informe.

Empalmes

¿Qué sucedió con el empalme en el cambio de fórmula de 2018 y qué sucederá ahora?La fórmula que tuvo vigencia hasta 2017 otorgaba una movilidad semestral. La última movilidad de los haberes por esa fórmula fue en septiembre de 2017, por lo que correspondía otorgar el siguiente aumento en marzo de 2018. Cuando en diciembre de 2017 la Ley 27.416 modificó la periodicidad de los aumentos por una movilidad trimestral, el gobierno de Cambiemos otorgó el primer aumento trimestral de esa fórmula en marzo de 2018, a pesar de que por el cambio de periodicidad correspondía otorgarla en diciembre. Esto generó una fuerte pérdida en el poder de compra de los jubilados y las jubiladas. Las jubilaciones perdieron casi 7 puntos respecto a la inflación en ese trimestre.

La situación actual es exactamente la inversa. Si los aumentos trimestrales que el gobierno otorgó en 2020 tuvieran continuidad, en marzo de 2021 debería otorgarse el próximo. Con la actualización semestral propuesta por el gobierno, la primera aplicación también sería en marzo 2021. Dada esta superposición de períodos, el proyecto de Ley establece que el aumento trimestral ya otorgado en diciembre 2020 sea considerado dentro del cálculo semestral que se realizará para el mes de marzo 2021. 

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