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Qué localidades deberán cumplir con el aislamiento: los detalles del decreto que extiende la cuarentena por coronavirus

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El Gobierno publicó este lunes el decreto que establece una nueva prórroga de la cuarentena por coronavirus, esta vez hasta el 25 de octubre. En esta norma, aparecida en el Boletín Oficial, se específica qué localidades del Interior del país deberán cumplir con el aislamiento social, preventivo y obligatorio, ante la suba de casos en esas provincias.

El decreto 792/2020 vuelve a establecer dos regímenes de restricciones a la circulación. Como ahora solo el el 35,1% de los nuevos casos de Covid-19 se registran en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), varias localidades del interior de la Argentina pasarán del distanciamiento social, preventivo y obligatorio al más estricto distanciamiento social, preventivo y obligatorio.

La Ciudad de Buenos Aires y los partidos bonaerenses que conforman el AMBA continúan bajo el ASPO. A esos municipios se suman General Pueyrredón, Bahía Blanca, San Nicolás y Tandil.

En el resto de las provincias se ven afectados las siguientes localidades:

  • Chaco: San Fernando, Comandante Fernández, Mayor Luis Jorge Fontana y Chacabuco.
  • Chubut: Biedma y Escalante.
  • Córdoba: Capital, Santa María, Punilla, Colón, Tercero Arriba y General San Martín.
  • La Rioja: Capital y Chilecito
  • Mendoza: Capital, Luján de Cuyo, Las Heras, Maipú, Guaymallén, Godoy Cruz, Tunuyán y Tupungato
  • Neuquén: Neuquén capital , Plottier, Centenario, Senillosa, Cutral Có, Plaza Huincul y Zapala.
  • Río Negro: ciudades de Bariloche y Dina Huapi y el departamento de General Roca .
  • Salta: Cerrillos, Rosario de Lerma, General Güemes, La Caldera y Capital.
  • San Juan: Rawson y Capital.
  • San Luis: General Pedernera
  • Santa Cruz: Río Gallegos, El Calafate y Caleta Olivia
  • Santa Fe: Rosario, La Capital, General López, Caseros, Constitución, San Lorenzo, Las Colonias y Castellanos.
  • Santiago del Estero: Capital y Banda.
  • Tierra del Fuego: Río Grande
  • Tucumán: Capital.

Al repasar la situación de los sistemas de salud, el Gobierno alertó por niveles altos de tensión en Santa Fe (78% de ocupación de camas de terapia intensiva, 96% en Rosario y 83% en la capital), Mendoza (81% en toda la provincia, 92% en el Gran Mendoza), Río Negro (88%, con pico de 98% en General Roca), Salta 77%, 85% en la capital) y Tucumán (80%).

Por su parte, la Ciudad de Buenos Aires presenta un nivel de ocupación del 69% y la Provincia de Buenos Aires, un 60,1%.

Quedan exceptuadas del cumplimiento del ASPO las actividades esenciales, el «personal docente y no docente de los establecimientos educativos que reanuden las clases presenciales» y aquellos rubros que hayan sido exceptuados por las Decisiones Administrativas que la Jefatura de Gabinete ha publicado desde el inicio de la cuarentena (rubros industriales y profesionales, deportistas olímpicos).

Por otro lado, se redefinieron los requisitos para que una localidad o provincia pueda ingresar al régimen del DISPO, como se conoce al distanciamiento social, preventivo y obligatorio.

Hasta ahora se valoraba la capacidad de respuesta de los sistemas de salud, la existencia o no de «transmisión comunitaria» y el tiempo de duplicación de casos, que debía ser inferior a los 15 días.

Esta última condición fue reemplazada por otro factor: el aumento de casos en las últimas dos semanas.

El nuevo decreto establece que, para salir del ASPO, «la razón de casos confirmados» –el cociente entre el número de casos de las últimas dos semanas y el número de casos de las dos semanas anteriores– deberá ser «inferior a 0,8». Si ese cociente se ubica entre 0,8 y 1,2, la situación se cataloga como «estable». Y si es superior, se considera «evolución en aumento».

Cómo siguen las clases

Tras el regreso en diferentes provincias (incluido el protocolo adoptado hace unos días por la Ciudad de Buenos Aires), podrán reanudarse las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales «de acuerdo a los parámetros de evaluación, estratificación y determinación del nivel de riesgo epidemiológico».

Además se deberán cumplir las condiciones establecidas por el Consejo Federal de Educación. Según este organismo, si el riesgo de contagio fuera bajo, podrán retomarse «las clases presenciales de manera escalonada y progresiva en todos los niveles educativos y modalidades».

De similar manera a lo decidido entre las autoridades nacionales y porteñas, en las zonas con riesgo mediano, se podrán organizar «actividades educativas no escolares (artísticas, deportivas, recreativas, de apoyo escolar, y otras) en grupos de no más de 10 personas, preferentemente al aire libre». También se podrán organizar «actividades presenciales de cierre del año lectivo para estudiantes del último año de los niveles primario, secundario y superior».

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