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La Corte vuelve a ser árbitro del conflicto político, pero no respondería al pedido de la Ciudad antes de fin de año

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Una vez más, los conflictos y diferencias políticas entre el gobierno y la oposición serán discutidos sobre los fríos estrados de un tribunal. El enésimo fracaso de la negociación, el acuerdo o el disenso maduro se materializó con el imprevisto anuncio presidencial respecto a la quita del 1,18% en la porción de la coparticipación federal de los ingresos que le corresponde a la Ciudad de Buenos Aires, y la consiguiente respuesta de Horacio Rodríguez Larreta: acudirá a la Corte para evitar el guadañazo. Pero el máximo tribunal tiene sus tiempos, y la respuesta final al planteo -sea cual fuere- no llegará hasta el año próximo. Como mínimo.

El jefe de Gobierno firmó un decreto con el que ordenó al Procurador General de la Ciudad, Gabriel Astarloa, presentarse ante la justicia para reclamar la nulidad e inconstitucionalidad del recorte decidido por Alberto Fernández y apoyado por otros 19 gobernadores. Como en todo conflicto entre provincias o de una provincia con la Nación, la Corte Suprema de Justicia es el tribunal jurisdiccional único.

La jugada tendría dos pasos simultáneos: un amparo para evitar el quite de fondos inmediato -cuya respuesta judicial sería una especie de pausa hasta que resuelva la cuestión- y un reclamo de fondo respecto a la supuesta inconstitucionalidad del decreto con el que Alberto redujo el flujo de fondos a la Capital Federal. 

En la procuración porteña este viernes estaban trabajando a todo vapor, en pleno análisis del decreto de Fernández. En principio, los abogados piensan llegar a la Corte el martes o miércoles a más tardar, con una presentación única, que contemple una medida cautelar para detener el recorte de inmediato. Esa es la esperanza en el bunker porteño: que la justicia sea rápida al menos para congelar el ajuste. Una meta difícil.

«Desde que comenzaron las declaraciones en el oficialismo respecto a posibles cambios en al coparticipación, el equipo de la procuración comenzó a estudiar el tema para argumentar una defensa», explican en la Ciudad. «Pero el decreto fue intempestivo y es complicado, porque nos saca a nosotros para darle a la Provincia, es raro. Además, estamos estudiando cuánta plata faltaría enviar todavía este año, que es lo que más nos preocupa. Pero el decreto ya empezó a regir el jueves. Los envíos de dinero ya serán menores.»

En el máximo tribunal, donde fastidia especialmente que los políticos golpeen su puerta cuando no pueden resolver sus diferencias, los tiempos son otros. Excepto en casos en los que esté ocurriendo un daño irreparable -una cuestión ambiental, por ejemplo- o en los que haya involucradas personas privadas de su libertad, los jueces no alterarán el orden de su cronograma ni simplificarán el laberíntico desfile administrativo del expediente por cada vocalía porque la política esté urgida de una respuesta. Más bien, todo lo contrario.

Hay copiosos antecedentes -jurisprudencia- respecto a la demora de planteos económicos. «Los temas de plata son siempre reversibles. Lo que no se pagó o cobró ahora, se puede hacer después si lo dispone un fallo. Y si hay que devolver dinero a quien ya lo pagó, lo mismo», recuerda con Clarín un veterano jurista que litigó ante la Corte.

Además de un monto que el año próximo podría aproximarse a los 40.000 millones de pesos, en el centro de la disputa está la legitimidad o no para que el presidente suba y baje los números de un acuerdo «multilateral» como el de la coparticipación -que en primer lugar distingue qué ingresos serán apropiados por la Nación y cuáles compartidos con las provincias, y en qué proporciones-, cuando la ejecución del presupuesto está a mitad de camino. Este último detalle podría ablandar los corazones en la Corte, al menos para considerar el amparo.

Respecto a esa cuestión, tal como publicó Clarín, el constitucionalista Daniel Sabsay dijo que “el derecho asiste” al Jefe de Gobierno de CABA». Su colega Felix Lonigro coincidió: «el presidente no puede dictar decretos sobre temas impositivos” sino que la cuestión la debe decidir la Cámara de Diputados. Y el el tema de la coparticipación es impositivo. Por eso el DNU es inconstitucional”. 

El profesor Adjunto Regular de Derecho Constitucional (UBA), Juan Ignacio Sáenz también cree que “el porcentaje -de la coparticipación porteña- no puede ser establecido unilateralmente por el Poder Ejecutivo, sino que se requiere, como mínimo, un acuerdo entre la Ciudad y el gobierno nacional y su posterior ratificación por el Congreso de la Nación y la legislatura Local”.

Sáenz recuerda, además, que “la idea del “multilateralismo” rígido ha sido acogida por la Corte en resoluciones recientes. En noviembre de 2015 ordenó, en las causas iniciadas por las provincias de Santa Fe, San Luis y Córdoba, que se restituyera a la “masa bruta” de impuestos coparticipables, una quita del 15%, con destino a la ANSeS que había sido aplicada transitoriamente en los ’90 por un pacto fiscal, pero que luego fue prorrogada muchos años por leyes unilaterales del Congreso”.

“Más cerca, en octubre de 2019, la Corte ordenó compensar a 15 provincias la reducción en sus cuotas de coparticipación provocadas por disminuciones en el impuesto a las ganancias y fijación de 0% en el IVA a alimentos”, agregó el constitucionalista.

En cambio, Andrés Gil Domínguez afirmó que Fernández está habilitado a dictar el decreto en materia fiscal. Para el constitucionalista, en cambio, sí es judicializable la proporcionalidad del descuento. «La discusión constitucional sustancial se vincula a la proporcionalidad existente entre el coeficiente fijado por el Decreto 735/2020 -que establece la quita- y los recursos necesarios que demanda la seguridad pública en el ámbito de la CABA», es decir el «costo» de mantener las comisarías de la Policía Federal que fueron traspasadas a la Ciudad en 2016. En ese momento, quedaron bajo el presupuesto porteño unos 18.000 efectivos. 

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