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Boletín Oficial: el Gobierno definió cómo repartirá los fondos del impuesto PAIS

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El Gobierno oficializó este jueves cómo será el sistema de reparto del impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS), que se aplica a la compra de divisas para ahorro y los gastos con tarjeta en el exterior. Lo hizo a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial.

La ley 27.541, conocida como de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, estableció en su artículo 35 un gravamen del 30% para la compra de divisas (dólares, por ejemplo) destinadas al ahorro y para gastos con tarjeta en servicios o productos fuera de la Argentina, siempre que se utilicen pesos.

En esa normativa también se especificó una primera distribución de los fondos obtenidos por ese impuesto: una primera parte, el 70%, iría a la ANSES y al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP); mientras que el monto restante, un 30%, sería para el financiamiento de obras de vivienda social.

Con el decreto de este jueves se conocieron los detalles del reparto en cada uno de esos ítems.

De esta manera, la primera porción del impuesto PAIS se dividirá en un 60% para financiar programas de la ANSES y un 40% para programas de la INSSJP.

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La segunda parte, en tanto, será: un 30% para el Fondo de Integración Socio Urbana (FISU), un 65% para obras de infraestructura económica y un 5% para el fomento del turismo nacional.

El decreto lleva las firmas de Alberto Fernández, Santiago Cafiero y Matías Kulfas​.

Existe una serie de productos y servicios que se ven exentos de la aplicación del recargo del 30%. Los servicios digitales como Netflix y Spotify ​se ven afectados por una alícuota del 8%.

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En tanto, no hay recargo para los pasajes por vía terrestre hacia países limítrofes, los gastos en prestaciones de salud, la compra de medicamentos, la compra de libros en cualquier formato, las plataformas y software educativos y los proyectos de investigación dentro del sistema universitario.

Además, no hay recargo si las operaciones se liquidan con moneda extranjera que uno ya tiene en su poder.

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