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AFIP establece nuevos requisitos para reportar movimientos financieros digitales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha dado a conocer a través del capítulo «Economía Digital» los detalles pertinentes sobre los montos que las personas físicas deben informar respecto a sus movimientos financieros en diversas plataformas virtuales, tales como cuentas y billeteras virtuales, así como también en inversiones y financiamiento.

Aunque se esperaba una actualización de los montos para el presente año, el organismo ha decidido mantener los valores establecidos en 2023, lo cual ha generado cierta controversia debido a su escasa variación en términos numéricos.

Los sujetos obligados por este régimen están requeridos a presentar información detallada sobre el tipo y número de cuenta, el CVU (Clave Virtual Uniforme) asociado, así como la cantidad de integrantes e identificación de todos los involucrados en las cuentas especificadas.

En cuanto a las transferencias, ingresos y saldos, se establece que deben informarse los detalles si una cuenta posee un saldo igual o superior a $200.000 al último día hábil del mes, movimientos por más de $120.000 en ingresos o egresos, y transferencias que superen los $400.000. Especificando el tipo de transferencia (bancaria o virtual), la CBU (Clave Bancaria Uniforme) o CVU utilizada y el monto transferido en pesos argentinos.

Entre los puntos más destacados que la AFIP desea conocer se encuentran:

  • Los montos totales de ingresos y egresos en las cuentas mencionadas, siempre que igualen o superen los $120.000 en pesos argentinos.
  • Para las transferencias bancarias o virtuales, solo se deberán informar los movimientos cuyo monto sea a igual o superior a $200.000.
  • En caso de manejar montos expresados en moneda extranjera, digital o criptomoneda, se deberá realizar la conversión a su equivalente en moneda de curso legal, según corresponda.

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