La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha eliminado la obligación para los empleadores de notificar al organismo recaudador sobre los telegramas laborales. Esta medida, que fue oficializada mediante la Resolución General 5560/2024 publicada este lunes en el Boletín Oficial, representa un cambio significativo en los procedimientos administrativos vinculados a las relaciones laborales.
Hasta ahora, las empresas debían informar a la AFIP todas las intimaciones que los trabajadores o sus asociaciones sindicales realizaban mediante telegramas o cartas documento. Esta obligación permitía al organismo tener un registro actualizado de las comunicaciones formales en el ámbito laboral.
Sin embargo, con la nueva normativa, esta obligación queda sin efecto. A pesar de este cambio, la AFIP mantendrá activo el sitio web denominado «Telegramas Laborales», el cual seguirá ofreciendo acceso a la imagen digitalizada y a los datos de las comunicaciones laborales enviadas por los empleados. Este portal permitirá a los usuarios acceder a los registros históricos de estas comunicaciones, aunque ya no sea necesario informar sobre las nuevas.
La resolución fue firmada por la directora de la AFIP, Florencia Misrahi, y se enmarca en un conjunto de medidas impulsadas por el Gobierno para “agilizar los procesos administrativos”, conforme a lo estipulado en la Ley 27742, conocida como Ley Bases. Esta ley establece las bases para la simplificación y modernización de la gestión pública, promoviendo una mayor eficiencia en los procedimientos burocráticos.
Con esta modificación, se espera reducir la carga administrativa sobre los empleadores, facilitando la gestión de las relaciones laborales sin comprometer el acceso a la información histórica relevante
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