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Para los expertos, cobrar otro impuesto a los que blanquearon bienes en 2017 es «inconstitucional»

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Los especialistas en impuestos advierten que aplicar un gravamen extraordinario a quienes ingresaron al blanqueo de 2017 es “inconstitucional” además de desaconsejable por el “cambio de las reglas de juego” que implicaría.

Así se pronunciaron ante la intención del oficialismo en el Parlamento -que quedó expuesta en una entrevista difundida este domingo al presidente Alberto Fernández- de avanzar con un tributo a quienes exteriorizaron bienes y capitales en el exterior, en 2017, por unos US$ 116 mil millones. El proyecto tiene aval de Cristina Kirchner y lo impulsa en Diputados su hijo Máximo Kirchner, jefe de la bancada del Frente de Todos.

“El blanqueo o regularización tributaria es una herramienta que han venido utilizando todos los gobiernos en el mundo. La evasión es un problema en todos los continentes y los estados tienen esta herramienta de recaudación cada tantos años, que es muy importante para los gobiernos”, señaló a Clarín el tributarista Guillermo Pérez, presidente del Grupo GNP.

Para graficarlo, indicó que la evasión es un problema no solamente en la Argentina donde alcanza al 40%, también en Estados Unidos con 10%, o Europa donde oscila del 20 al 30%.

“Pretender cobrar un impuesto extraordinario es inconstitucional, va contra los principios básicos tributarios -prosigue Pérez- ya que las personas que se acogieron al régimen (del último blanqueo aprobado por ley del Congreso durante el gobierno de Mauricio Macri en 2016) quedaron fuera del alcance de cualquier clase de sanciones y en situación similar al resto de los contribuyentes”.

De manera coincidente, el tributarista César Litvin, CEO del Estudio Lisicki, Litvin y Asociados, advirtió a este diario que el proyecto de gravar a quienes blanquearon durante 2017 “afecta la seguridad jurídica. Se trata de un gravamen sobre algo acaecido en 2016 o 2017, una retroactividad que torna inconstitucional el impuesto y que afecta el derecho de propiedad”. Litvin indicó que hay dos sentencias de la Corte Suprema, el fallo Insúa, y el fallo Marta Herrera Vega, que dicen que un impuesto “no se puede cobrar en forma retroactiva”. Y afirma que sería inconstitucional, “aun si lo sancionara el Congreso”.

Ambos expertos recordaron que la ley de emergencia económica sancionada en diciembre ya impuso un diferencial de hasta 2,25% a los activos en el exterior declarados en el último blanqueo. Su pago vence en junio con Bienes Personales, pero está siendo objetado por confiscatorio y alertan que hay gente que “no va a pagar”. Pérez observa otro punto: afirma que el Gobierno podría necesitar un blanqueo en dos años, por lo que no ve conveniente que se ahuyente a quienes podrían ingresar.

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