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La oposición advierte que la Magistratura no es competente para resolver si fue legal el traslado de jueces que juzgan a Cristina

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Representantes de la oposición advirtieron que si el oficialismo avanza en el Consejo de la Magistratura con su proyecto de revistar el traslado de 38 jueces –entre los que se encuentran los que juzgan a Cristina Kirchner-, deberá ser la Justicia la que resuelva le legalidad de esas mudanzas. En definitiva, los opositores sostienen que la Magistratura no es competente para definir este nuevo planteo de la ofensiva K sobre la Justicia.

El diputado de Juntos por el Cambio y miembro de la Magistratura Pablo Tonelli sostuvo este miércoles en una nota que los trasladados de jueces durante el gobierno de Mauricio Macri se hicieron ajustados a los términos de las acordadas 4 y 7 de la Corte y el reglamento del organismo. Con la nota tratar de frenar la iniciativa del kirchnerismo de cambiar a jueces que juzgan a la vicepresidente. Además, la presentación del jueves pasado del representante del gobierno en la Magistratura, Gerónimo Ustarroz, abrirá una Caja de Pandora porque de los 38 traslados objetados: “18 fueron hechos durante los gobiernos de los Kirchner, 17 en la era Macri y el resto es de antes del 2003”.

La presentación es para la reunión de este jueves de la Comisión de Selección del Consejo de la Magistratura que analizará el proyecto del consejero del Gobierno Gerónimo Ustarroz para que se revisen los traslados de esos jueces federales. La comisión integrada por ocho consejeros, y presidida por la diputada lavagnista, Graciela Camaño, se abocará primero a tratar las impugnaciones de organismos de derechos humanos a la candidatura del juez Facundo Maggio al fuero federal por haber defendido, antes de ser magistrado, a represores. El voto de Camaño será clave para abrir esta revisación de los trasladados o dejarlos cerrados sin perturbar la marcha de las investigaciones por corrupción o postergar un debate del tema.

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Luego tratarán el proyecto de Ustarroz –representante del Gobierno y hermano de crianza del ministerio del Interior, Wado de Pedro- para revisar esas 38 mudanzas de jueces durante la gestión macrista, las presidencias de Néstor y Cristina y algunos aún antes del 2003 que, según el oficialismo, “no cumplieron los pasos previstos en la Constitución», pero que la oposición considera «maniobras» para desplazar jueces en causas por corrupción en que está procesada la vicepresidenta, más de 100 ex funcionarios de su gobiernos y empresarios K.

En su nota, el diputado Tonelli manifestó su discrepancia diciendo que “cuestionar ante la comisión actos administrativos regulares, válidos y legítimos, dictados por el Poder Ejecutivo de la Nación, de la manera en que el consejero Ustarroz lo ha hecho, y pretender que la comisión y luego el plenario dictaminen o se pronuncien acerca de esos actos, constituye una afectación al Estado de Derecho y resultaría un exceso en las atribuciones que tiene esta comisión en particular y el organismo en general”. “Porque esos actos están firmes y consentidos y han generado derechos subjetivos que se están cumpliendo, por ende, solo se podrá impedir su subsistencia y la de los efectos aún pendientes mediante declaración judicial de nulidad» (art. 17, ley 19.549)”, agregó Tonelli.

En relación a aquellos traslados que, según el consejero del Poder Ejecutivo, no habrían cumplido con los requisitos del reglamento de la Magistratura número 155 del 2000, destacó en su artículo 3°, autoriza a la comisión a «expedirse según la conveniencia del traslado para una más eficaz prestación del servicio de justicia«.

Por lo tanto, en estos casos “en que tuvieron la debida intervención tanto esta comisión como el plenario del cuerpo, los actos dictados propiciando los traslados, son actos administrativos regulares”. Y “si por alguna hipótesis o capricho dogmático se sostuviese que estos actos no fueron regulares, de todos modos este Consejo de la Magistratura no podría ni revocarlos, ni declarar su nulidad o privarlos de efectos sin violar tanto el principio elemental de división de poderes” afirmó Tonelli.

Tonelli advirtió, finalmente, en su nota que si el Consejo avanzara con esta petición y propiciara una revisión masiva de los traslados cuestionados, tal decisión “podría afectar no solo los derechos de los magistrados involucrados y de los justiciables, sino que también podría generar la responsabilidad internacional del Estado argentino. Así sería por no cumplir con los principios que aplica la Corte Interamericana de Derechos Humanos en lo referido al resguardo de la independencia de los jueces”.

En cambio, para el presidente del Consejo de la Magistratura y juez federal, Alberto Lugones, “hubo toda una camada de jueces que entraron en el último Gobierno que no tienen completado el acto complejo al que obliga la Constitución para tener estabilidad en el cargo”.

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El juez federal de San Martín opinó que “hay muchos jueces que entraron por la ventana y algunos hablan de que se quiere desplazar a jueces independientes, pero lo cierto es que el paso del tiempo no puede reemplazar el vicio de origen de estas designaciones”. Argumentó que “los que están defendiendo a ultranza a estos magistrados se deberían preguntar por qué el Gobierno anterior no les pidió el acuerdo” al Senado.

Sobre los próximos pasos que podría dar el Consejo de la Magistratura en relación a estos jueces designados a través de traslados, Lugones afirmó que “se podría manifestar al Poder Ejecutivo que el Consejo entiende que estaría faltando el acuerdo del Senado”, lo que obligaría a mandar el pliego al Senado, donde el kirchnerismo tiene mayoría y terminaría rechazándolos. “La otra alternativa que podría hacerse -explicó- es elevar una consulta a la Corte, para ver si reitera lo que dijo en una acordada en 2018, cuando manifestó que no podían considerarse jueces efectivos lo que no tenían acuerdo del Senado”.

El representante del Gobierno dividió a los 38 jueces en tres grupos. El primero, a su criterio, cumple con todos los requisitos previstos por la Corte y la Magistratura, pero le falta cuestiones administrativas.

El segundo cumple con los requisitos de las acordadas 4 y 7 de la Corte pero no cumplirían con los requisitos del reglamento 155/00 de la Magistratura. Y el tercero, no cumplirían con los requisitos de la Corte ni del reglamento 155 del 2000 de la Magistratura.

En otro informe de la oposición al que accedió Clarín, se advierte que las pautas del artículo 1 del reglamento 155 de la Magistratura “no son requisitos sujetos a una sanción de nulidad, sino que son pautas u orientaciones de oportunidad, mérito y conveniencia, para que en cada caso el Consejo evalúe la idoneidad de cada candidato y la razonabilidad del pedido, pero con un criterio de discrecionalidad”. De modo que, “en la medida en que tuvo intervención la Comisión respectiva de la Magistratura, y el Plenario se expidió, debe concluirse que se trata de un acto administrativo regular”, agrega el informe.

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Sobre el Grupo 3 de la propuesta de Ustarroz, que serían traslados que no cumplirían con las acordadas Corte 4 del 15 de marzo y 7 del 11 de abril de 2018, el informe opositor destaca “la parte dispositiva de ambas acordadas fue exclusivamente para tres ítems: dejar sin efecto sorteos de causas; exhortar a la Cámara Federal a que no realice sorteos respecto de tribunales no habilitados por la Corte Suprema; no hacer lugar a la habilitación del TOF 9; y disponer un nuevo sorteo de las causas en cuestión”. El TOF 9 se habría creado para tratar de aliviar el cuello de botella de juicios orales que sufren los tribunales orales federales de la CABA.

Es decir, que para la oposición en la acordada la Corte “no dictó un “reglamento” de traslados, sino que fijó pautas. De modo que “todos los supuestos “requisitos” que de allí surgen no son más que un “obiter dictum” hecho por los jueces, sin fuerza normativa obligatoria para el Consejo de la Magistratura, y podrían ser revisados o modificados por jueces ordinarios o la propia Corte en un caso concreto”, agrega.

En este sentido, el informe propone insistir que “la competencia para reglamentar los traslados, y fijar requisitos sustanciales al respecto, corresponde al Congreso según el artículo 75 de la Constitución”. Para el caso de que se decida redactar uno en el futuro.

Luego el informe hace un análisis de los casos que más preocupan a Cristina. Sobre el miembro de la sala I de la Cámara Federal porteña Leopoldo Bruglia recuerda que “su traslado es anterior a la acordada 7 pero posterior a la acordada 4 de la Corte. Pasó del TOF 4 a la Sala I de la Cámara Federal porteña. El representante del Gobierno objeta distinta materia y grado. Sin embargo, los jueces de TOF son considerados jueces de cámara, de modo que no se afecta la igual “jerarquía o grado” que requiere la Corte. Por otra parte, la competencia “material” es evidentemente “similar” (fuero federal), tal como lo piden las acordadas”. Bruglia, junto a Bertuzzi confirmaron el procesamiento clave de Cristina Kirchner como jefa de una asociación ilícita en la causa de los Cuadernos de las Coimas. El cambio de Bertuzzi fue de un TOF de La Plata a la Cámara Federal de la Capital. Se aplican iguales consideraciones que el caso de Bruglia.

En cuanto al caso de Eduardo Farah, el informe recuerda que “su traslado es posterior a las acordadas de la Corte, y en la actualidad está en el TOF 2 de San Martín”. Farah aceptó el cambio luego del escándalo por la excarcelación de Cristóbal López que había dictado el juez federal Julio Ercolini al descubrir que había evadido más de 8 mil millones de pesos en el impuesto a los combustibles. Como se dijo, “la Corte no objeta el traslado territorial. La competencia material actual es “similar”, del mismo modo que en el caso de Bruglia””.

Otras de las objeciones K son contra del juez German Castelli desde un TOF de San Martín al TOF 7 de la Capital. Dijo Ustarroz que Castelli concursó en la Magistratura y ganó para ser juez federal de San Martín y pero “no cuenta con acuerdo del Senado para desempeñarse como juez federal en la jurisdicción de la Capital Federal”. El informe opositor insiste en que “la Corte no objeta el traslado de jurisdicción” como en el caso de Castelli.

El TOF 7 tiene ahora la responsabilidad de realizar los juicios sobre casos de corrupción que tiene entre los principales acusados a la vicepresidenta electa, y otros ex funcionarios como Julio De Vido por el desvío de fondos para la mina de Río Turbio, el ex jefe del Ejército general César Milani por supuesto enriquecimiento ilícito. El Sucede que el TOF 7 tiene a su cargo entre otras causas, los Cuadernos de las Coimas, uno de los casos con más pruebas contra Cristina. Castelli, Enrique Méndez Signori y Fernando Canero -integrantes del TOF 7- condenaron el año pasado, al ex presidente de la Unión Industrial Argentina Juan Carlos Lascurain a la pena de 4 años de prisión e inhabilitación perpetua por el delito de peculado, en una causa en la que se investigó la sustracción de $ 50 millones destinados a la construcción de una ruta que nunca se hizo vinculada a Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT). Haber tenido este expediente derivó que la causa por la que se encuentra preso Julio de Vido por el desvío de fondos vinculados a la mina de carbón, también termina radicada en ese tribunal.

En esta categoría de supuestos movimientos internos irregulares incluyó a Fernando Machado Pelloni, quien fue trasladado del TOF 7 de Capital Federal al TOF 3; a Andrés Basso y a Javier Ríos quienes están en la misma situación que el primero. El TOP 3 lleva adelante el juicio por el fraude al Estado de Oil Combustibles por más de 8 mil millones de pesos y en el que está imputado Cristóbal López, entre otros. El informe opositor hace la misma defensa argumental de estos últimos tres jueces que los anteriores.

En fuentes de la oposición se comentó que la mayoría de los jueces objetados son los que tienen causas en que la vicepresidenta tiene más probabilidades de llegar a ser condenada.

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