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La Justicia de Madrid rechazó las restricciones de …

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) rechazó este jueves las nuevas restricciones que rigen en la capital española y nueve municipios limítrofes desde el viernes pasado y que limitan las entradas y salidas de la población para frenar el aumento de contagios de coronavirus.

El TSJM sostiene que esas limitaciones a la circulación, establecidas por el Gobierno nacional que encabeza el socialista Pedro Sánchez, son «una injerencia de los poderes públicos en los derechos fundamentales de los ciudadanos sin habilitación legal que la ampare».

Las medidas, rechazadas por las autoridades de Madrid, fueron tomadas por el Gobierno nacional al amparo de la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud. Sin embargo, el TSJM entiende que esa norma «no contiene una habilitación legal para el establecimiento de medidas limitativas de derechos fundamentales».

Según el Tribunal, corresponde a los parlamentarios , «la delimitación y la modulación de los derechos fundamentales de las personas, bajo las exigencias de proporcionalidad, certeza y previsibilidad y, en todo caso, respetando su contenido esencial».

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, pidió a las autoridades regionales madrileñas reunirse este jueves para analizar las consecuencias de la resolución judicial.

España estuvo en cuarentena estricta entre marzo y junio, cuando estuvo en vigor el estado de alarma, declarado por el Gobierno y prorrogado varias veces por el Congreso.

Las restricciones ahora rechazadas por la Justicia fueron decididas la semana pasada por el Gobierno con el respaldo de 12 de las 17 regiones autónomas españolas para todos los municipios de más de cien mil habitantes con incidencia elevada de covid-19 y alta ocupación de camas de terapia intensiva.

Madrid y otras comunidades autónomas rechazaron las medidas del Ejecutivo, a pesar de que las acataron. Las objeciones se centran en que las restricciones dañan la economía local y el gobierno de Madrid promovía el confinamiento parcial por barrios.

La limitación de movilidad implica que las personas no podrán salir de su municipio salvo por cuestiones de trabajo, estudios, cuidado de personas, gestiones urgentes, exámenes o motivos de causa mayor. La medida se aplica en la municipalidad de Madrid y otras nueve dependencias de la Comunidad autónoma. Además se determinó un límite del 50 por ciento de ocupación en casas de comida, tanto al interior como al exterior. Los locales deberán cerrar a las 23 horas, aunque podrán hacer entregas a domicilio después de esta hora.

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