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Coronavirus en Argentina: la Corte Suprema prorrogó la feria judicial hasta el 10 de mayo

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Otra vez en tándem con los tiempos del Poder Ejecutivo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó este lunes que prorroga la feria judicial hasta el 10 de mayo, el nuevo tope que fijó Alberto Fernández. Desde que el Presidente anunció el primer aislamiento, el 19 de marzo, la Justicia lo viene acompañando en paralelo.

La decisión se plasmó en la acordada 13/2020 que difundió el Máximo Tribunal, donde se mantuvo también a su presidente Carlos Rosenkrantz a cargo durante este período. En el texto, de siete páginas, se aclara que los jueces Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti no firmaron el documento por encontrarse en el interior -ambos están en la provincia de Santa Fe- pero que adhieren a la medida. Sí lo hicieron el propio Rosenkrantz, más los jueces Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, más el secretario general de la administración Héctor Daniel Marchi.

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En la acordada, también se dispuso: 

– «Mantener el horario de atención al público para los tribunales de feria de lunes a viernes desde las 09:30 hasta las 13:30 horas«.

– «Encomendar a los distintos tribunales nacionales federales que tengan su cargo la superintendencia de cada fuero jurisdicción que designen las autoridades de feria en el ámbito de su jurisdicción para atender los asuntos que no admitan demora».

– «Recordar, a esos efectos, que esta Corte les ha concedido amplias facultades de superintendencia para adoptar, dentro de su propio ámbito, las medidas pertinentes a fin de que su actuación se cumpla de acuerdo las medidas dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional para adecuar el funcionamiento de los tribunales de forma de garantizar la prestación del servicio de justicia, aún mediante la realización de actos procesales válidos de forma remota sin perjuicio de la vigencia de la feria extraordinaria».

– «Reiterar lo ordenado en el punto resolutivo 7° de la Acordada 6/2020, en cuanto la necesidad de habilitación del trabajo desde los lugares de aislamiento, para que los magistrados, funcionarios empleados que no presten servicios de manera presencial Acordada n° (‘!J 1.10’:).,0 Expte. N° 1207/2020 en los tribunales dependencias, puedan seguir realizando tareas en forma remota -a través de los medios tecnológicos disponibles que se estimen convenientes-; ello de acuerdo lo que disponga el titular de la dependencia quien ejerza la superintendencia, según el caso».

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